La propuesta italiana para modificar el art. 1 del Código Civil italiano para reconocer la capacidad legal de cada ser humano desde que la concepción ha planteado muchas discusiones, porque son juzgados en conflicto con la ley sobre el aborto que se considera «intocable».
El punto de partida y la llegada es el principio de igualdad, la piedra angular de la modernidad. Todos los seres humanos son los mismos. Todos. El denominador común que hace que la igualdad sea el valor de la vida, también llamado dignidad humana, cuyas características son la inherencia y la igualdad. El título de dignidad pertenece a la familia humana. La primera manifestación más elemental de la dignidad humana es el derecho a la vida. Esta es una de las conquistas más relevantes, consagradas en los Tratados sobre derechos humanos inaugurados después de la Segunda Guerra Mundial.
A esta piedra angular de la modernidad, la igualdad entre todos los seres humanos: siempre las personas y nunca las cosas, siempre sujetos y nunca objetos, siempre bien y nunca significa, la propuesta de modificar el artículo 1 del Código Civil está vinculada que actualmente lee: «La capacidad legal se adquiere desde el momento del nacimiento. Los derechos que la ley reconoce a favor del concebido están sujetos al evento «. La propuesta solicita la modificación del primer párrafo del Art. 1 del Código Civil italiano, en estos términos:» Cada ser humano tiene la capacidad legal de El momento de la concepción «, dejando el segundo párrafo intacto.
Se ha dicho el tema básico, es extraordinario y fundamental: igualdad entre todos los seres humanos. Tenga en cuenta ese arte. 22 de nuestra constitución establece que «nadie puede ser privado, por razones políticas, de capacidad legal, de ciudadanía, del nombre»: ni siquiera un ser humano puede ser privado de la capacidad legal. La referencia a las razones políticas evoca dolorosamente aquellos raciales que, precisamente en el arte. 1 del Código Civil italiano, había agregado un tercer párrafo y luego derogado correctamente en 1944: «Las limitaciones a la capacidad legal derivada de pertenecer a ciertas razas están establecidas por leyes especiales». Abbogare ese párrafo fue considerado correctamente una conquista. Arte. 6 de la Declaración Universal sobre Derechos Humanos y Arte. 16 del Pacto civil y político atribuye a «todo» el derecho al reconocimiento de la capacidad legal. Más explícitamente arte. 3 de la Convención Americana de Derechos Humanos atribuye la capacidad legal desde la concepción.
«La propuesta no quiere ser un gesto declamatorio o provocativo. Quiere indicar una forma de salir de la controversia estéril, quiere contribuir a una recomposición moral y civil «, escribió Carlo Casini. Por lo tanto, aquellos que temen que la ley al aborto sea» tocada «, pero hacen seriamente la pregunta : ¿Cuál es el requisito previo ideológico del 194? Si la suposición es la pretensión del «derecho del aborto», está claro que se vuelve insoportable todo lo que resalta la presencia de un hijo real y concreto que vive y crece en el útero de la madre , porque exigir eso «correcto» significa borrar a ese hijo no solo del útero, sino también de la mente y el corazón, como si no existiera, como si nunca hubiera existido. sino la mayoría de los que apoyaron y apoyaron 194, digamos que tiene la intención de proteger la maternidad durante el embarazo y la salud de las mujeres, manteniendo una posición «agnóstica» en comparación con el niño. Entonces, ¿por qué crear barricadas? «Me parece que no es trivial repetir con lenguaje legal, escribió Carlo Casini, que todo Los hombres son siempre el SA Yo en su valor misterioso y que uno no puede dar ningún ser perteneciente a las especies biológicas humanas que no es un hombre y por esta razón y, por lo tanto, sujeto, una entidad restada del reino de las cosas. Después de todo (genética, aborto …) hablaremos más tarde. Pero mientras tanto, ¿cómo está de acuerdo o al menos no enfrenta este punto? ». Si la reforma del art. 1 del Código Civil sirvió para madurar la capacidad de la mirada total sobre la mujer y el niño en su útero, para fortalecer la responsabilidad de los padres, la sociedad y la política hacia aquellos que caminan hacia el nacimiento con medidas que abrazan a su madre en una lógica de compartir dificultades – Aplicar art. 5 de la ley 194 -, para describir nuevos métodos para proteger la vida naciente y la maternidad durante el embarazo, la reforma realmente sería un gran paso adelante para toda la sociedad.