One of Us siguiendo el comunicado emitido por el Movimiento Italiano por la Vida aplaude la Sentencia Judicial que afirma el valor de la vida humana
El Tribunal Constitucional declaró inadmisible la cuestión del referéndum promovida y apoyada por algunas asociaciones que pedían despenalizar la ley sobre el homicidio consentido. Próximamente se darán a conocer los motivos de la decisión, aún no archivada, mientras que el Gabinete de Comunicación y Prensa ha hecho saber que la improcedencia declarada por el Consejo se fundamenta en que la derogatoria solicitada elimina «la protección mínima constitucionalmente necesaria de los derechos humanos». vida, en general, y con particular referencia a los débiles y vulnerables”.
«Hemos acogido con satisfacción la noticia que corresponde a la sabiduría jurídica, que muestra la justa y adecuada atención a la vida humana cuya protección es la piedra angular de los sistemas civiles a los que el sistema italiano quiere pertenecer. Esta decisión reafirma la fundamentalidad del valor de la vida humana en nuestro ordenamiento jurídico o la centralidad de la protección de la dignidad de la vida humana en nuestra Carta Constitucional.
Esperamos las razones y mientras tanto no podemos dejar de mencionar la sentencia 35 de 1997 con la que la misma Corte Constitucional había rechazado la solicitud de un referéndum radical -prácticamente idéntico al aceptado en 1980- que pretendía derogar la ley sobre el aborto, porque la protección de la vida no se puede abandonar y forma parte de los principios necesarios para la ‘existencia de un orden democrático’. , comentó la presidenta del Movimiento Italiano por la Vida, Marina Casini, quien agregó: «La posición de la Corte agrega más elementos a la discusión en curso en el TU sobre muerte voluntaria asistida, eliminando el argumento -cuestionable- de acelerar el trámite legislativo para evitar el referéndum”. Llegados a este punto, una vez despejado el campo del referéndum, la esperanza es que el Parlamento no insista en ensanchar la malla de la sentencia 242/2019 introduciendo disposiciones sobre la eutanasia, sino que se cuide de desplegar el máximo compromiso científico, técnico y organizativo para implementar y difundir los cuidados paliativos y la terapia adecuada del dolor. El desafío es siempre el de la máxima proximidad, del compañerismo, de la cercanía afectuosa, del acompañamiento en el tramo de vida que resume toda vida, llegando a aceptar serenamente la muerte sin causarla nunca voluntariamente”.